- Beneficiarios:
Pymes del sector industrial que dispongan de centro de trabajo en la Comunidad de Madrid y que desarrollen actividad industrial productiva (encuadradas en la Sección C-Divisiones 10 a 32 de CNAE). - Cuantía de la ayuda:
10% medianas empresas y 20% para pequeñas empresas para inversiones materiales e inmateriales. Y 50% para gastos de consultoría. - Gastos subvencionables:
- Adquisición, renovación o extensión de inversiones materiales, como instalaciones, maquinaria y equipos. Se excluye la adquisición de terrenos y gastos en edificios.
- Adquisición, renovación o extensión de inversiones inmateriales, como patentes, licencias, etc.
- Costes de servicios de consultoría que no consistan en actividades permanentes o periódicos.
- Plazo de solicitud:
Desde el 13 de enero, con carácter indefinido hasta que se agoten los fondos.